Ayudas programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica MOVES II

Fecha convocatoria: 09/01/2021
Tipo de convocatoria:
  • Ayudas o Subvenciones
Órgano ejecutor:

D.G. de Energía y Actividad Industrial y Minería.

Ámbito:
  • Autonómico
Objeto

Concesión de ayudas a destinatarios finales, dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible, de acuerdo a lo dispuesto, con carácter de bases, en el Real Decreto 569/2020, de 16 de junio, por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible y se acuerda la concesión directa de las ayudas de este programa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla (Programa MOVES II).

Políticas palanca

  • P1 - Palanca I - Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

Componente

  • C1 Plan de choque de movilidad sostenible, segura y conectada en entornos urbanos y metropolitanos
Tipo de beneficiarios
  • Entidades sin ánimo de lucro
  • Particular
  • Autónomo
  • Pyme
  • Gran empresa
  • Entidades Economía Social
  • Sector Público

Para las actuaciones 1 y 2:

a) Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

b) Las personas físicas mayores de edad distintas del apartado anterior y los menores de edad con discapacidad en movilidad reducida.

c) Las comunidades de propietarios reguladas por la Ley 49/1960, de 21 de julio sobre propiedad horizontal, que habrán de cumplir con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en particular con lo establecido en su artículo 11.3 .

d) Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, con y sin ánimo de lucro, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, o R. En el caso de que el solicitante de la ayuda sea una empresa privada, se estará, en cuanto a la definición de empresa y tamaño, a lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) nº. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

e) Las entidades locales conforme al artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local, los organismos autónomos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia conforme al artículo 9.1

a) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y las universidades públicas dependientes de ésta, así como el sector público institucional de las entidades locales y de la Administración del Estado de acuerdo al artículo 2.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Para la actuación 3:

- Las personas físicas que desarrollen actividad económica, según la letra a) del párrafo anterior.

- Las personas jurídicas y entidades, a las que se refiere la letra d).

- Las entidades locales territoriales y entidades vinculadas o dependientes de aquellas que formen parte del sector público, y las universidades públicas.

Para la actuación 4:

- Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, a las que se refiere la letra a).

- Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades con o sin personalidad jurídica, siempre que tengan ánimo de lucro, y de acuerdo a la definición de empresa a las que se refiere la letra d).

- Las entidades locales territoriales.

Sector económico del beneficiario

  • VARIOS SECTORES

Sector económico de la ayuda

  • ENERGIA
Presentación de solicitudes

Plazo presentación inicio 10/01/2021

Plazo presentación fin 09/01/2022

Actuaciones financiables

a) Actuación 1.- Adquisición de vehículos de energías alternativas.

b) Actuación 2.- Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.

c) Actuación 3.- Implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas.

d) Actuación 4.- Implantación de medidas de movilidad sostenible al trabajo

Cuantía
De 600,00 euros hasta 15.000,00 euros según categorías.
Plazo de ejecución

Deberá realizarse, en todo caso, con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud.

Plazo de justificación

12 meses desde la fecha de notificación de concesión.

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