Convocatoria ayudas a la rehabilitación de viviendas a nivel de barrio del Ayuntamiento de Pliego

Fecha convocatoria: 16/10/2024
Tipo de convocatoria:
  • Ayudas o Subvenciones
Órgano ejecutor:

Ayuntamiento de Pliego

Ámbito:
  • Local
Objeto

Ayudas destinadas a la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares dentro del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) de Pliego.

Políticas palanca

  • P1 - Palanca I - Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

Componente

  • C2 Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana

Inversión

  • I1 - P1.C2.I1 - Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales
Tipo de beneficiarios
  • Varios tipos (especificados en la convocatoria)

Sector económico del beneficiario

  • VARIOS SECTORES

Sector económico de la ayuda

  • VIVIENDA
Presentación de solicitudes

La solicitud electrónica se presentará a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pliego https://sede.pliego.regiondemurcia.es o Registro Electrónico Común del Estado https://rec.redsara.es. Cuando no se tengan habilidades y medios electrónicos para la generación previa del formulario de solicitud, se podrá generar, cumplimentar e imprimir para su firma en la Oficina de Rehabilitación creada al efecto por el Ayuntamiento de Pliego.

 

Plazo presentación inicio 17/10/2024

Plazo presentación fin 17/12/2024

Actuaciones financiables

Obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas.

Cuantía
Distintas cuantías (El importe máximo de la ayuda por vivienda es de 26.750 euros).
Plazo de ejecución

El plazo para ejecutar las obrasno podrá exceder de veintiséis meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. Dicho plazo se podrá ampliar excepcionalmente, hasta veintiocho meses, cuando se trate de edificios o actuaciones que afecten a 40 o más viviendas.

Plazo de justificación

La justificación de la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda deberá realizarse ante el órgano instructor, en unplazo máximo de tres mesesdesde la finalización de las actuaciones.

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