“Ayudas destinadas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio”, incluidas en la ERRP de San Pedro del Pinatar, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - financiado por La Unión Europea – Nextgenerationeu

Fecha convocatoria: 08/02/2024
Tipo de convocatoria:
  • Ayudas o Subvenciones
Órgano ejecutor:

Ayuntamiento de San Pedro del Pinatar

Ámbito:
  • Local
Objeto

Convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial  y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro del Entorno Residencial de Rehabilitación Programada (ERRP) del municipio de San Pedro del Pinatar.

Políticas palanca

  • P1 - Palanca I - Agenda urbana y rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura

Componente

  • C2 Plan de rehabilitación de vivienda y regeneración urbana

Inversión

  • I1 - P1.C2.I1 - Programas de rehabilitación para la recuperación económica y social en entornos residenciales
Tipo de beneficiarios
  • Entidades sin ánimo de lucro
  • Particular
  • Autónomo
  • Pyme
  • Gran empresa
  • Entidades Economía Social
  • Sector Público
  • Otro

Personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Sector económico del beneficiario

  • VARIOS SECTORES

Sector económico de la ayuda

  • VIVIENDA
Presentación de solicitudes

Plazo presentación inicio 09/02/2024

Plazo presentación fin 09/04/2024

Actuaciones financiables

1. Serán subvencionables las actuaciones en los edificios delimitados en el ERRP de uso predominante residencial, en sus viviendas siempre que las intervenciones se planteen sobre la globalidad del edificio, y en las viviendas unifamiliares

2. Asimismo en edificios situados en las zonas climáticas C y D.

Cuantía
Hasta 8.100, 14.500, 21.400 € en viviendas, según la tipología. Hasta 72, 130, 192€/m2 en locales comerciales y otros usos.
Plazo de ejecución

No podrá exceder del 30 de junio de 2026.

Plazo de justificación
3 meses desde la finalización de las actuaciones.

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