Ayudas a comunidades de regantes y comunidades generales de regantes para la ejecución de inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales

Fecha convocatoria: 23/07/2026
Tipo de convocatoria:
  • Ayudas o Subvenciones
Órgano ejecutor:

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca de la Región de Murcia

Ámbito:
  • Autonómico
Objeto

Convocar, mediante tramitación anticipada y en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a comunidades de regantes y comunidades generales de regantes para ejecutar inversiones en infraestructuras de regadíos con objetivos ambientales, previstas en el PEPAC 2023-2027, intervención 6843.1.2.

Tipo de beneficiarios
  • Otro

Comunidades de regantes (incluidas las comunidades generales de regantes) adscritas al organismo de cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Segura, cuyo ámbito de riego esté ubicado mayoritariamente (más del 50%) en la Región de Murcia y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones subvencionables.

Sector económico del beneficiario

  • AGRICULTURA
  • AGROALIMENTARIO

Sector económico de la ayuda

  • MEDIO AMBIENTE
Presentación de solicitudes

Obligatoriamente por registro electrónico, preferentemente a través de la Sede Electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), procedimiento código 4812. Solo se admite una solicitud por comunidad de regantes por convocatoria

Plazo presentación inicio 24/07/2026

Plazo presentación fin 26/10/2026

Actuaciones financiables

Mejora de la eficiencia en los sistemas de riego y ahorro de agua.
Reducción de presiones sobre masas de agua subterráneas o superficiales (incorporación de aguas regeneradas, desaladas, pluviales de escorrentía, o reutilización de drenajes/retornos de riego).
Reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (mejora de eficiencia energética de la infraestructura de riego y/o generación de energía renovable para autoconsumo).

Cuantía
Intensidad de ayuda: 40% del presupuesto subvencionable, con un máximo de 1.000.000 € por solicitud.
Plazo de ejecución

Finaliza el 15 de octubre del año correspondiente a la anualidad de pago fijada en la resolución de concesión (o de la última anualidad, en ejecución plurianual)

Plazo de justificación

Hasta el 15 de octubre del año correspondiente a cada anualidad, presentando la solicitud de pago (Anejo 3) con la documentación justificativa requerida (art. 24 de las bases).

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